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TITULO CONSTITUTIVO EN LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Abogados de Comunidad de Propietarios

Las comunidades de propietarios conformadas por un conjunto de propietarios que a su vez son vecinos por tratarse de viviendas conformadas dentro de una misma división, por su particularidad y de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal deben seguir unas determinadas pautas de actuación, entre ellas citamos las siguientes:

Debe constituirse la Junta inicial de Propietarios. En esta Junta se determinarán los Estatutos que van a regir la convivencia de la comunidad de propietarios. En ella se determinará igualmente las normas de régimen interior, en las que pueden incluirse y especificarse determinadas actuaciones o no actuaciones, por ejemplo relativo a la colocación de aire acondicionado, cierre de terrazas, colocación de antenas, etc.

Título constitutivo comunidad propietarios

El título constitutivo es aquel documento en el cual se hacen constar los supuestos de hecho que sirven de base para la determinación del régimen jurídico de la Propiedad Horizontal, es decir, el título constitutivo de dicho régimen es la escritura pública de división horizontal, cuyo contenido suele ir en el mismo instrumento público que la obra nueva, la cual ha de inscribirse en el Registro de la Propiedad. Para la validez de los acuerdos que impliquen la modificación de las reglas contenidas en el título se exige el acuerdo por unanimidad de los propietarios.

Esta unanimidad se obtiene con el voto favorable de todos los asistentes a la Junta, reputándose voto favorable el de los propietarios que habiendo sido debidamente citados no concurrieron a la Junta, siempre que no manifiesten su discrepancia con los acuerdos adoptados en el plazo de un mes.

¿Quien contrata al portero de la comunidad de vecinos?

La Comunidad de Propietarios actúa como empleador de estos trabajadores y, como tal, queda sujeta al cumplimiento de la normativa laboral y de Seguridad Social.


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Viviendas Temporada Vivienda que en régimen de propiedad es disfrutada en determinados períodos al año por sus propietarios.

Urbanizaciones Las urbanizaciones son conjuntos residenciales que pueden estar conformadas por una sola comunidad de propietarios o por varias comunidades.

Mancomunidades En las urbanizaciones cuando existen más de una comunidad de propietarios se conforma la denominada mancomunidad de propietarios.

Protección Datos La Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal (Ley 15/1999) es aplicable también a las Comunidades de Propietarios, por lo que su incumplimiento puede dar lugar a sanciones de las mismas por la Agencia Española de Protección de Datos.


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Última modificación: 10 de diciembre de 2010