PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES COMUNIDAD PROPIETARIOS

La protección de datos en la Comunidad de Propietarios

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y su Reglamento de desarrollo, establecen que todas las entidades, públicas o privadas, indistintamente, cuando manejen datos de carácter personal, deberán inscribir sus ficheros en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos. En las Comunidades de Propietarios, pueden existir ficheros que contengan datos personas, tanto de propietarios como de empleados de fincas urbanas, dichos ficheros, deberán ser inscritos en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.

Es necesario inscribir los ficheros que existan en la Comunidad de propietarios en el Registro de la Agencia de Protección de Datos, debiendo realizarlo consignando la denominación de la Comunidad.


La Proteccion de Datos en la Comunidad de Propietarios

¿Cuándo debe realizarse la inscripción de ficheros de las comunidades de propietarios?

En el momento de su creación.

Lugar: Registro de la Agencia Española de Protección de Datos  www.agpd.es

Coste: Si es realizado por la propia Comunidad el coste es gratuito.


Información: tuadministraciondefincas@tuadministraciondefincas.com

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